¿QUÉ HACER SI RESULTAS AGRACIADO EN EL SORTEO DE LA LOTERÍA DE NAVIDAD?

Publicado: 21 de diciembre de 2023, 10:04
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¿QUÉ HACER SI RESULTAS AGRACIADO EN EL SORTEO DE LA LOTERÍA DE NAVIDAD?

¡Te ha tocado la Lotería de Navidad! Lo primero, desde AG Legal Abogados, despacho de abogados en Noia, queremos darte la enhorabuena.

¿Cómo cobrar el premio?

Si el importe es igual o inferior a 2.000 Euros, cualquier persona puede acercarse y cobrar el premio en cualquier Administración el mismo 22 de diciembre a partir de las 18:00 horas de la tarde.

Si es superior, sólo se puede cobrar personalmente en una de las entidades financieras concertadas a partir del día siguiente al sorteo, es decir, a partir del 23 de diciembre.

Se mantiene la novedad de años anteriores, siendo posible el pago de los premios a través de Bizum.

¿En qué plazo puedo cobrarlo?

El plazo para cobrar este premio es de 3 meses desde el día siguiente de la fecha del sorteo. Por tanto, el último día para cobrar el décimo sería el 23 de marzo de 2024.

¿Cómo se tributa?

Los primeros 40.000 Euros del premio están exentos, pero el resto tributa en el IRPF al 20%. Dicha retención se hace en el momento del cobro.

¿Y si se comparte un décimo?

Es aconsejable fotocopiar el décimo, firmarlo con la cantidad que juega cada uno, reflejando la persona depositaria del boleto y entregar a cada participante una copia firmada. También se puede enviar una fotografía del décimo por correo electrónico o WhatsApp con todos esos datos.

¿Cómo tributan los décimos compartidos?

Los impuestos se repartirán entre los titulares de forma proporcional al premio que corresponda a cada uno, de esta forma, la cantidad exenta se prorrateará entre ellos.

Por ejemplo, en el supuesto de un décimo compartido entre 2 personas premiado con 60.000 euros, en el que a cada uno le corresponde 30.000 euros, cada una estará exenta de tributar por los primeros 20.000 euros. Por ello, cada uno pagará el 20% de 10.000 euros, esto es, 2.000 euros.

Es recomendable que se proporcione al banco o a la Administración Tributaria los datos de todos los ganadores. Si no, podrían verse obligados a pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Como siempre, los abogados de AG Legal Abogados, estarán a vuestra disposición siempre que lo necesitéis. ¡Contacta con nosotros!

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