Los derechos y obligaciones de los padres para con los hijos que surgen por el simple hecho de serlos y a los que designamos bajo el nombre genérico de patria potestad, no desaparecen tras el divorcio o la ruptura de los progenitores.
La titularidad de la patria potestad se tiene por razón de maternidad o paternidad biológica o por adopción y, por ley, les corresponde a ambos progenitores, independientemente del divorcio o ruptura, salvo privación por resolución judicial en casos especialmente graves.
¿Tienes alguna duda sobre las diferencias entre custodia y patria potestad? Desde AG Legal Abogados, tu despacho de confianza en Noia, ponemos a tu disposición a nuestro equipo para resolver todas tus dudas.
¿Qué diferencias hay entre la patria potestad y la custodia?
Aunque existe cierta confusión, debe diferenciarse la guarda y custodia de la patria potestad. La patria potestad es obligatoria, personal e intransferible mientras la ley no prive de ella, en cambio, la guarda y custodia viene fijada en la sentencia de divorcio o la que regula las medidas de hijos no matrimoniales.
Por tanto, a partir del cese de la convivencia o divorcio habrá decisiones importantes que competen a los dos progenitores, para lo cual será fundamental que cuentes con profesionales como los que encontrarás en nuestro despacho de abogados en Noia. Estas decisiones se integran dentro de la patria potestad, mientras que otras serán decididas por quien ejerza la guarda y custodia, por corresponder a la convivencia diaria.
¿Qué implica la patria potestad?
Mientras el hijo es menor de edad, los padres tienen una serie de deberes hacia él, para su protección y formación. Para cumplirlos y decidir según la conveniencia de cada momento, necesitan amplias facultades sobre la persona y bienes de sus hijos.
Forman parte de la patria potestad las decisiones relativas a los siguientes aspectos:
- Salud (tratamientos médicos, intervenciones quirúrgicas o vacunación).
- Educación (elección o cambio de colegio, actividades extraescolares, elección de estudios optativos...).
- Lugar de residencia (si comporta un alejamiento de su entorno habitual).
- Administración de sus bienes.
- Formación religiosa/espiritual.
Estas decisiones no corresponden al titular de la guarda y custodia tras el divorcio o ruptura, sino a ambos progenitores, pues ambos son titulares de la patria potestad con independencia del modelo de guarda (sea exclusiva o compartida).
Por tanto, las decisiones determinantes en la vida del menor y que se vinculan a la titularidad de la patria potestad, deben ser tomadas por ambos progenitores y, en caso de desacuerdo, es el juez el que atribuye la facultad de decidir.
Deberes de la guarda y custodia
El término custodia tras el divorcio o ruptura hace referencia a convivencia, no implicando más derechos y, consecuentemente, no supone un status privilegiado de un progenitor frente al otro.
Por tanto, la guarda y custodia no atribuye más derechos sobre el menor que los que ostenta el otro progenitor durante el régimen de visitas.
El progenitor que convive habitualmente con los hijos viene obligado a realizar una serie de funciones: te indicamos cuales son desde nuestro bufete de abogados en Noia.
- Alimentación.
- Vestido.
- Garantizar su descanso.
- Seguimiento y ayuda en el estudio.
- Revisiones médicas y atenciones en caso de enfermedad común.
- Establecimiento de normas de higiene.
- Imposición de normas de disciplina.
- Atenderle emocionalmente.
Te asesoramos sobre derecho de familia en Noia
Es el tiempo que permanece uno y otro con el niño lo que marca la diferencia, y en la medida que ese tiempo sea notablemente distinto, el peso de las decisiones cotidianas que conforman el cuidado y la educación del menor será también mayor.
Si necesitas cualquier tipo de asesoramiento con respecto a temas de custodia de tus hijos, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Desde el despacho de abogados en Noia de AG Legal Abogados te ofrecemos el mejor asesoramiento en derecho de familia.