1 mar SI TENGO LA GUARDA Y CUSTODIA PUEDO, POR EJEMPLO, ¿CAMBIAR EL COLEGIO DE MI HIJO? DIFERENCIAS CON LA PATRIA POTESTAD 01/03/2023 Derecho de familia Los derechos y obligaciones de los padres para con los hijos que surgen por el simple hecho de serlos y a los que designamos bajo el nombre genérico de patria potestad, no desaparecen tras el divorcio o la ruptura de los progenitores. La titularidad de la patria potestad se tiene por razón de maternidad o paternidad biológica o por adopción y, por ley, les corresponde a ambos progenitores, independientemente del divorcio o ruptura, salvo privación por resolución judicial en casos especialmente ... Leer más